Fundamento normativo: La presente guía se considera una acción de carácter administrativo que se establece con
fundamento en el artículo 5º del Reglamento del Patrimonio Universitario de la UMSNH.
Objetivo: Proporcionar la orientación necesaria para la “verificación virtual” de bienes muebles que adquieren
las dependencias universitarias, profesores e investigadores, durante el ejercicio presupuestal, y de los
distintos fondos que se ejercen en la institución. Dicha verificación es de utilidad para demostrar el gasto
devengado y continuar sus trámites para pago ante las instancias correspondientes.
Instrucciones:
1. Toda solicitud de trámite relacionada con bienes muebles debe ser enviada, en un solo mensaje, al mismo
tiempo, a los siguientes correos electrónicos:
dir.patrimonio.universitario.sria.admin@umich.mx
dpto.control.bienes.muebles.sria.admin@umich.mx
2. El mensaje debe ser enviado a través del correo institucional del funcionario autorizado, ya sea por el
titular, el secretario administrativo, o por el Enlace autorizado de la dependencia que ejerce el recurso para
la adquisición directa por compra menor;
3. En el caso de adquisiciones que realiza la Dirección de Adquisiciones de Bienes y Servicios, el mensaje debe
ser enviado desde el correo del titular de dicha área o por su Enlace autorizado, bajo los procedimientos y
formularios acordados con esta Dirección;
4. Para adquisiciones directas por compra menor que realizan los responsables de proyectos (PFCE, PROFEXCE,
PROEXES, PRODEP. Etc.), el mensaje debe realizarse desde el correo del titular o Enlace autorizado por las
dependencias de la administración central que tienen a su cargo el ejercicio de dichos fondos.
5. Todo mensaje debe realizarse invariablemente a través de correos institucionales, es decir con terminación
@umich.mx lo anterior reducirá el riesgo de suplantación de identidad;
6. El mensaje del correo electrónico debe ser redactado con claridad, indicando que se solicita la “verificación
virtual” e incluir el nombre completo, cargo y número de empleado del solicitante en el texto del correo;
7. Se deben adjuntar al correo electrónico los siguientes documentos, en el formato que se pide:
a) Archivo *.pdf con oficio de solicitud (UTILIZAR: “FORMULARIO DE OFICIO DE SOLICITUD DE VERIFICACIÓN VIRTUAL”)
mismo que se puede recuperar de la sección de “FORMULARIOS” de la presente página Web:
b) Archivos *.pdf y *.xml de la factura que emite el sistema de facturación (no enviar fotografías o imágenes
escaneadas de la factura) y, cuando aplique, documento de donación o cualquier otro relacionado con la
adquisición o desincorporación del bien patrimonial;
c) Archivos *.jpg o *.jpeg con dos o tres fotografías del bien, según el caso: una en la que se vea
completamente el bien; otra en la que se distinga claramente el número de serie, cuando aplique y; otra con el
número patrimonial, cuando aplique;
d) Archivo *.jpg o *jpeg con la identificación oficial del responsable final de bien, para el caso de altas o
movimientos internos.
8. Se debe solicitar verificación de todo bien mueble adquirido con un valor de adquisición igual o mayor a 70
veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) del ejercicio fiscal en el que se adquirió el
bien, mismo que puede consultarse en la siguiente página: https://www.inegi.org.mx/temas/uma/ para el ejercicio
fiscal 2024 es el siguiente: $ 108.57 x 70 = $7,599.90 pesos.
9. Todo bien mueble adquirido con un valor menor a 70 UMA, al momento de registrar la factura en el SIIA WEB,
debe ser clasificado como gasto (en el capítulo 2000) por ejemplos: mouse, memorias USB, teclados, etc. Los
Secretarios Administrativos o titulares de las dependencias, bajo su responsabilidad, deberán elaborar
resguardos internos para su control, del cual se desprenderá un inventario interno que deberán reportar al
momento de la entrega-recepción de sus cargos.
10. Los bienes muebles que las empresas otorgan, en vía de obsequio, en la compra de otros bienes (por ejemplos:
pantallas, televisores, impresoras, etc.), también deben formar parte del inventario institucional por lo que
deben sujetarse a lo establecido en la presente Guía.
11. La solicitud de verificación de bienes que se adquieren en moneda extranjera deben incluir el documento
correspondiente (por ejemplo: Invoice) a nombre de la UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO en
formato *.pdf, así como la evidencia del depósito, trasferencia bancaria, o estado de cuenta, en donde se pueda
detectar el tipo de cambio utilizado;
12. Para verificación de facturas correspondientes a acervo, bastará con incluir una fotografía de los libros,
asegurándose de que el CFDI incluya un listado con: título, autor, editorial y, año, ya sea como parte del texto
del CFDI o INVOICE, o en relación como adenda al mismo.
Con los datos y archivos que se hagan llegar mediante las verificaciones virtuales de bienes muebles, el
Departamento de Control de Bienes Muebles de la Dirección de Patrimonio Universitario procederá a complementar
los registros correspondientes en el SIIA, y se irán actualizando los inventarios de cada dependencia, con el
fin de que los resguardos puedan ser impresos, firmados e intercambiados por las etiquetas correspondientes.
Todo caso que no esté comprendido en la presente guía, favor de realizar su consulta a:
L.A.E.Karla Cabrera Villaseñor
Jefa del Departamento de Control de Bienes Muebles
dpto.control.bienes.muebles.sria.admin@umich.mx
Con copia a:
Mtra. Cecilia García Ponce.
Directora de Patrimonio Universitario
dir.patrimonio.universitario.sria.admin@umich.mx
Los trámites más usuales relacionados con los bienes muebles son los siguientes:
Otros trámites
Alta: Solicitud de registro patrimonial correspondiente a la incorporación de un bien mueble al inventario de
una unidad responsable. Se aplica cuando un bien patrimonial ha sido adquirido por diferentes vías, por
ejemplos: compra (verificación virtual), donación, comodato, transferencia o dación en pago.
Baja: Solicitud de registro patrimonial correspondiente a la desincorporación de un bien mueble del inventario
de la institución, conforme a las disposiciones normativas aplicables. Se puede aplicar cuando un bien
patrimonial debe ser desincorporado, generalmente por: robo, siniestro, extravío, deterioro o enajenación
autorizada. En caso de bienes deteriorados o los serán enajenados deberán ser entregados al almacén de la
Dirección de Patrimonio Universitario, por lo cual aplicará un trámite de movimiento interno al almacén.
Movimiento interno: Solicitud de modificación del registro patrimonial que da cuenta de un cambio de ubicación o
usuario final de un bien mueble, dentro de la Universidad. Se puede aplicar cuando es necesario reasignar un
bien patrimonial a otro usuario, a otra dependencia universitaria en cuyos casos se modificará también el
resguardo, o cuando se envía al almacén de la Dirección de Patrimonio Universitario, para su baja definitiva y
disposición final, en este último caso se deberá recabar el sello y firma de ingreso a almacén.
Verificación: Acción dirigida a la obtención de evidencia objetiva respecto a la existencia, ubicación y
características de un bien mueble. Cuando se requiera demostrar la existencia de un bien mueble o durante la
entrega-recepción de parte de proveedores, para su alta.
Disposición final: Procedimiento mediante el cual lleva a cabo la baja definitiva y se define el destino final
de bienes muebles, previo dictamen de no utilidad. Es una actividad bajo responsabilidad de la Dirección de
Patrimonio Universitario y se aplica a bienes patrimoniales que son enajenados de manera gratuita u onerosa, de
manera definitiva.
Dictamen: Documento que establece el fundamento y la justificación de una acción relacionada con los bienes
|muebles, con base en la evidencia objetiva y en las disposiciones normativas aplicables. Es un documento que
emite la Dirección de Patrimonio Universitario.
Compartimos otros formularios que te pueden ser de utilidad:
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